La Corte bonaerense frenó un millonario desarrollo inmobiliario en la costa de Berazategui. Detectaron movimientos de suelo y obras en una zona protegida antes de las habilitaciones.
La escena no ocurre en un despacho judicial sino en la costa de Berazategui. Máquinas pesadas, suelo removido, caminos abiertos donde antes había vegetación. A pocos kilómetros del centro de Berazategui, en la franja que mira al Río de La Plata, el paisaje empezó a cambiar antes de que la discusión legal se resolviera.
Ese dato —clave— es el que terminó inclinando la balanza.
La Suprema Corte de Justicia bonaerense frenó el proyecto del llamado “Distrito Eco-Urbano Berazategui Norte”, un emprendimiento que prometía viviendas, comercios y edificios en una zona hasta hace poco considerada reserva ambiental ribereña. La decisión no es definitiva, pero sí contundente: ordena suspender la ordenanza que habilitaba el desarrollo y paralizar cualquier obra en curso.
Detrás del fallo hay algo más que un expediente: hay una disputa por el territorio, por el modelo de ciudad y por un negocio inmobiliario que avanzaba, según la propia resolución, incluso antes de tener todos los avales.
La costa de Berazategui que pasó de protegida a urbanizable
El corazón del conflicto está en un cambio normativo.
Hasta 2023, gran parte de la costa de Berazategui estaba catalogada como zona de reserva ambiental. Eso implicaba restricciones fuertes: no se podía urbanizar. Era, en términos técnicos, un ecosistema sensible que cumplía funciones clave: amortiguar sudestadas, preservar biodiversidad y sostener humedales.
Pero en 2024, el Concejo Deliberante aprobó una nueva ordenanza que modificó ese esquema. Donde antes no se podía construir, ahora se habilitaban:
- edificios de hasta 10 pisos
- hoteles y oficinas
- viviendas unifamiliares
- emprendimientos comerciales
Todo bajo la etiqueta de “Distrito Eco-Urbano”.
Para los vecinos que iniciaron la demanda, ese cambio no fue menor: significó bajar el nivel de protección ambiental en una zona estratégica.
La Corte: riesgo ambiental y cambio “sin respaldo”
El fallo pone el foco en dos aspectos que, leídos en clave periodística, resultan determinantes.
Por un lado, la Corte advierte que hay verosimilitud en el derecho de los demandantes, es decir, que el planteo tiene sustento. Y lo dice con un argumento fuerte: la ordenanza podría haber vulnerado el principio de no regresión ambiental.
Traducido:
no se puede proteger menos un territorio que antes estaba más protegido, sin una justificación sólida.
Por otro lado, detecta algo más delicado: la falta de estudios técnicos claros y la ausencia de participación ciudadana previa.
No aparecen informes concluyentes que expliquen por qué ese ecosistema podía transformarse en zona urbana. Tampoco instancias de consulta pública que avalen el cambio.
En ese vacío, la Corte aplica los principios preventivo y precautorio: ante la duda, se frena.
El dato que cambió todo: las obras ya estaban en marcha
Pero hay un elemento que atraviesa toda la resolución y le da volumen político al caso: el territorio ya estaba siendo intervenido.
Los vecinos denunciaron —y la Corte consideró verosímil— que en el lugar se realizaban:
- movimientos de suelo
- excavaciones
- apertura de calles
- alteración del bosque nativo
Las imágenes aportadas muestran maquinaria trabajando en una zona que, en los papeles, todavía no tenía habilitación definitiva.
Ahí aparece una de las tensiones más fuertes del expediente: mientras el Municipio sostenía que la ordenanza aún no estaba plenamente vigente, el proyecto parecía avanzar sobre el terreno.
El actor privado y un negocio en disputa
En el centro del desarrollo aparece la empresa Global Urbanization Group SA, impulsora del proyecto inmobiliario.
No es un actor menor. De hecho, la firma ya había intentado avanzar años atrás con una iniciativa similar en la misma zona —el proyecto “Puerto Sur”— que no prosperó por objeciones ambientales.
Ahora, con un nuevo esquema normativo, volvió a la carga.
Incluso, en paralelo a esta causa, la empresa había obtenido una medida cautelar en otro juzgado para realizar tareas preliminares en el predio. Esa autorización también fue dejada sin efecto por la Corte.
La lectura es clara:
el desarrollo urbanístico no solo estaba planificado, sino que había empezado a ejecutarse.
Un conflicto que excede lo judicial
El expediente deja ver una trama más amplia.
Por un lado, vecinos organizados que apelan a la Justicia para frenar lo que consideran un avance sobre un ecosistema frágil. Por otro, un Municipio que impulsa la expansión urbana como parte de su planificación. Y en el medio, un desarrollador privado con intereses concretos sobre esas tierras.
La Corte, en este escenario, toma una decisión que redefine el juego:interviene antes de que el daño sea irreversible.
La pelea que sigue
La causa está lejos de terminar. Lo que hizo la Suprema Corte fue dictar una medida cautelar: una pausa obligada.
Mientras tanto:
- la ordenanza quedó suspendida
- las obras, paralizadas
- y el proyecto, en revisión
Solo se permiten tareas mínimas, como cercado y limpieza del predio. Todo lo demás —movimiento de suelo, rellenos, apertura de calles— quedó prohibido.
El fallo, además, reconoce algo que puede marcar un precedente:el derecho de los vecinos a actuar en defensa del ambiente, incluso sin un daño concreto consumado.
Lo que deja al descubierto
La historia, leída en clave territorial, deja una frase que sobrevuela todo el expediente:
El proyecto avanzaba más rápido en la tierra que en los papeles.
En una región donde la presión inmobiliaria sobre la costa crece, el caso Berazategui expone cómo se cruzan intereses económicos, decisiones políticas y resistencias sociales.
Y, sobre todo, cómo una franja de tierra —entre el río y la ciudad— puede convertirse en el centro de una disputa mucho más profunda.
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