¿Es inconstitucional la nueva ley previsional?

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Presentan recurso de amparo y ahora decide la Justicia

Un recurso de amparo en contra de la recientemente sancionada ley de Reforma Previsional fue presentado en la Justicia Federal de Córdoba, en base a un planteo de inconstitucionalidad porque “vulnera el principio de protección de los intereses económicos del sistema de la seguridad social”.

La presentación fue formalizada en los Tribunales Federales de la capital de Córdoba por los abogados Horacio Viqueira y Valentina Enet, en representación del jubilado Julio César Spidialeri (68).

En la presentación contra la Administración Nacional de Seguridad Social (Anses), se solicita “se declare la inconstitucionalidad de la Ley 27.426”, y también se pide una “medida cautelar genérica urgente de no innovar” y se “suspendan las normas impugnadas”.

Los letrados exigen que hasta tanto la Justicia se expida sobre la cuestión de fondo del planteo se mantenga vigente la actual ley 26.417, de Movilidad de las Prestaciones del Régimen Previsional Público.

Entre los principales fundamentos, los letrados consideran que la nueva ley previsional “tiene como un único objeto generar un fuerte ahorro fiscal de entre 70.000 y 100.00 millones de pesos”.

Por lo tanto, advierten que esa disminución del poder adquisitivo “representa un claro retroceso y una violación del principio de progresividad previsto en los pactos internacionales suscriptos y ratificados por nuestro país”.

“La nueva fórmula de movilidad es regresiva y en consecuencia inconstitucional”, afirman los abogados en el recurso de amparo.

Plantearon que la nueva movilidad previsional representa una “quita salarial significativa” para los jubilados y pensionados, y que lo mismo ocurrirá con otros beneficiarios del sistema de seguridad social.

También cuestionaron que “el bono que se otorgará por única vez no alcanza a cubrir el desfasaje» y que resulta «discriminatorio” porque no se incluye a todos.

También se planteó la inconstitucionalidad en contra de la norma que establece que todas las demandas sobre el nuevo cálculo jubilatorio se acumulen en un mismo magistrado, por lo tanto los letrados exigen que sea resuelto por el juez natural.

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