Educación vs religión: La Suprema Corte prohibió la enseñanza religiosa en las escuelas públicas de Salta

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FALLO EN CONTRA DEL SISTEMA EDUCATIVO SALTEÑO

 

El sistema educativo de la provincia de Salta se verá obligado a quitar la educación religiosa de los planes de estudio de las escuelas públicas tras un fallo de La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) en el que declaró la inconstitucionalidad de este tipo de enseñanzas por considerar que es  discriminatorio y viola el derecho a la intimidad de las familias, anunció el Centro de Información Judicial.

En un fallodividido con voto mayoritario de Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda, el máximo tribunal declaró inconstitucional el inciso «ñ» del artículo 27 de la ley de educación salteña, y quitó validez a la obligación que tenían los padres de completar un formulario para exteriorizar la religión que profesan.

En un documento de 94 páginas, los jueces expresaron que «el texto del inciso ‘ñ’ del artículo 27 de la ley de educación provincial no contiene un supuesto de discriminación directa sino que, bajo la apariencia de neutralidad, tiene decisivos efectos discriminatorios», y remarcaron que “viola el principio de igualdad y no discriminación que debe orientar» a las políticas educativas.

Los tres jueces aseguraron que «en numerosas escuelas públicas salteñas se ha adoctrinado a los alumnos en el catolicismo, así lo indican los textos, ilustraciones y ejercicios contenidos en los libros utilizados en las clases de enseñanza religiosa». Asimismo la Corte invalidó la obligación de que los padres manifiesten por escrito en el formulario de la Disposición n° 45 de la Dirección de Educación Primaria de Salta si desean que sus hijos reciban educación religiosa al alegar que viola el derecho a la intimidad.

La Constitución Nacional establece un ámbito en el que cada individuo es soberano decidir libremente sobre el estilo de vida que desea tener, por lo cual no se puede obligar a nadie a revelar sus creencias religiosas porque es «abrir una grieta en el sistema de derechos fundamentales», explicaron Lorenzetti, Highton de Nolasco y Maqueda.

«Además, se encuentra acreditada la presencia de alumnos en el aula durante las clases de catequesis pese a que sus padres habían exteriorizado su voluntad de que sus hijos no recibieran educación religiosa, o bien manifestado en forma expresa que no profesaban religión alguna», agregaronlos jueces.

Sin embargo, los magistrados no prohibieron totalmente la enseñanza religiosa en los colegios ya que sostuvieron que todos aquellos que quieran recibir dicha educación en las escuelas pueden hacerlo fuera del horario escolar.

En disidencia se halló el juez Horacio Rosatti, que consideró que la ley «es constitucional», pero exhortó a la provincia de Salta a instrumentar las medidas necesarias para adaptar los contenidos curriculares de la materia y disponer el cese de todo rito religioso durante la jornada escolar.

Por su parte, el juez Carlos Rosenkrantz se mantuvo al margen de la sentencia excusándosede intervenir en la causa porque al momento de promoverse la acción de amparo era miembro de la Asociación por los Derechos Civiles, coactora en estas actuaciones, precisó el CIJ.

La causa fuepromovida por un grupo de madres de alumnos de escuelas públicas salteñas y la Asociación por los Derechos Civiles (ADC), y  se inició con una acción colectiva de amparo contra la provincia por considerar que la norma de educación local violaba la ley 1420 de Educación Pública de 1884 que establecía la laicidad.

El planteo fue rechazado por todas las instancias de los tribunales salteños, incluida la Corte de Justicia provincial, hasta que el recurso llegó a la Corte Suprema, que realizó cuatro audiencias públicas este año en las que participaron académicos, defensores de los derechos humanos y representantes de distintos credos.

La discusión en torno a la educación religiosa en las escuelas movilizó a los salteños que realizaron protestas y marchas a favor y en contra de la medida mientras la CSJN la tenía en análisis. El gobernador de la Salta, Juan Manuel Urtubey, dijo a mediados de septiembre que la provincia aceptaría la sentencia de la Corte, a pesar de su defensa de la educación religiosa.

«Si la Corte Suprema de Justicia de la Nación dice que nuestra Constitución viola la Constitución nacional, deberemos hacerle caso a la Corte», afirmó en esa ocasión Urtubey al  hacerse presente en la tercera misa estacional del Triduo de Pontificales, en la Catedral Basílica Mayor de la ciudad de Salta en el marco de la Fiesta del Milagro.

En el fallo, los jueces concluyeron que «de lo expuesto surge claramente que, dentro del sistema educativo público de la Provincia de Salta, existen patrones sistemáticos de trato desigualitario hacia grupos religiosos minoritarios y hacia los no creyentes».

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