Desde septiembre las infracciones por exceder los límites de velocidad o conducir sin licencia serán más caras

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Exceder los límites de velocidad, cruzar un semáforo en rojo o conducir sin licencia habilitante en rutas de la provincia de Buenos Aires puede costar hasta $ 36.510, luego que el Gobierno ajustara a partir de este mes los valores de la Unidad Fija (UF) con el que se miden las multas.

El valor de la UF se va actualizando de acuerdo a los aumentos de los combustibles, tomando como referencia el costo del litro de nafta de mayor octanaje informado por la sede del Automóvil Club Argentino de La Plata. Si bien para este incremento se tomó el valor de $ 36,51 para el período septiembre-octubre, lo cierto es que la semana pasada la nafta Premium de YPF trepó en la capital provincial a $40,83, por lo que podría haber un nuevo ajuste antes de fin de año. De esta manera, desde septiembre cometer infracciones de tránsito cuesta un 36% por ciento más que a principios de año.

Nuevos montos por infracciones
Las multas variarán entre un mínimo de $ 10.953 y un máximo de $ 36.510 cuando se cometan las siguientes infracciones: cruzar un semáforo en rojo, girar a la izquierda donde hay semáforo que lo prohíba, circular de contramano o conducir sin las luces reglamentarias o sin patente, todas son penadas desde de 300 a 1.000 UF.

Por exceder los límites de velocidad se paga de 150 a 1.000 UF, es decir que ahora los importes variarán entre $ 5.476 y $ 36.510. Los mismos importes se pagarán por conducir sin haber sido habilitado, estando inhabilitado legalmente, o sin estar habilitado para el vehículo que conduce.

Según estas nuevas cifras, la sanción por mal estacionamiento -que es de 50 a 100 Unidades Fijas-, oscilará entre $ 1.825 y $ 3.651. Además, los mismos importes rigen para los que conducen hablando por telefonía celular, para una fuga o negación a suministrar la documentación, falta de la Verificación Vehicular (VTV) o conducir alcoholizado. Y también los que circulan sin caso en moto deberán abonar de $ 1.825 a $ 2.786.

Rige para todo el territorio bonaerense
La gradación de las penas está fijada por la Ley Provincial de Tránsito, aprobada con el número 13.927, que tiene en su órbita las rutas provinciales y nacionales que recorren territorio bonaerense, así como los demás caminos rurales, calles y avenidas de los 135 municipios que constituyen la división política del distrito.

La autoridad que centraliza el cobro de las multas varía según el punto en que se haya cometido la infracción. En el caso de las rutas, quien las percibe es la Provincia. Pero si la falta se fiscalizó en una calle o avenida vecinal, el órgano de aplicación es el municipio que corresponda.

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