El Juzgado de Garantías N° 9 falló favorablemente en las cautelares impulsadas por el municipio. En el caso del gas y el agua alcanza a la totalidad de los vecinos. Para el suministro eléctrico, beneficia a las instituciones y PYMEs que se sumaron al amparo. Instructivo sobre cómo proceder.
La pelea judicial en defensa del bolsillo de los vecinos iniciada en el mes de febrero por el estado municipal de Avellaneda tuvo el final esperado. El Juzgado de Garantías N° 9 del Departamento Judicial Avellaneda resolvió sancionar a favor de las medidas cautelares que le ponen un freno al aumento en los servicios públicos. Con esta medida, impulsada desde el estado municipal, se beneficia de manera directa a todos los vecinos del distrito.
Las empresas prestadoras del servicio deberán revisar las facturas emitidas con aumento, aceptar los pagos que se realicen con el cuadro tarifario anterior, y/o generar créditos a cuenta en los casos que se hubiese abonado con el incremento.
En lo referente a los servicios de agua corriente y gas, los amparos fueron presentados por la Comuna en representación de todos los contribuyentes de la ciudad, y los fallos del Juez Carzoglio determinan retrotraer el cuadro tarifario al estado anterior a los aumentos, con lo cual las empresas deberán modificar lo facturado durante estos meses, además de generar un crédito a favor de cada vecino que haya abonado las boletas con aumento.
Por su parte, en el caso de la energía eléctrica, la Comuna presentó en el mes de febrero un recurso general ante la justicia federal, por el cual la misma aún no se ha expedido. Por lo tanto, se impulsaron presentaciones parciales, agrupadas por espacios sociales, las cuales también tuvieron ayer sanción favorable.
En este caso puntual del tarifazo eléctrico, el beneficio de la medida cautelar alcanza a los centros de jubilados, clubes de barrio, otras instituciones o entidades comunitarias, además de pequeñas y medianas empresas que en su momento se sumaron a la acción colectiva impulsada por el municipio. De esta forma, las instituciones locales que se habían visto claramente afectadas en su funcionamiento y relación con la comunidad, recuperan su capacidad y dinamismo previo.
Desde los primeros meses de este año, cuando el gobierno nacional manifestó su decisión de llevar a cabo un duro ajuste en las tarifas de los servicios públicos, el intendente Ferraresi fue uno de los primeros jefes comunales en expresarse en contra de estas medidas, convocando a todos los sectores de la comunidad local a organizarse para detener estos aumentos. En ese sentido, la Municipalidad de Avellaneda ha impulsado y se ha convertido en actor fundamental de estas recientes resoluciones de la justicia local.
El Juzgado N° 9 emitirá los oficios correspondientes al Estado Nacional, a los Entes reguladores y a las empresas prestadoras del servicio para notificarlas de estas resoluciones.
Instructivo de procedimiento para los vecinos, usuario de Agua y Gas
El Juzgado de Garantías N° 9 de Avellaneda resolvió hacer lugar a la medida cautelar urgente solicitada por la Municipalidad de Avellaneda, por lo que ordena a AYSA S.A. y a METROGAS a suspender el cobro de facturas ya emitidas o a emitirse en base al cuadro tarifario resultante de la aplicación de las Resoluciones impugnadas, y a abstenerse de efectuar cortes en el suministro del servicio motivado en la falta de pago de dichas facturas.
De esta forma AYSA y METROGAS deben refacturar las boletas emitidas o a emitir a partir de la aplicación de las Resoluciones impugnadas, aplicándose para ello el cuadro tarifario anterior al mismo.
Para el caso de que los usuarios hayan abonado las facturas del servicio de agua y gas natural con los incrementes tarifarios, AYSA y METRAGAS S.A. deben proceder a compensar dichos pagos con las próximas boletas a facturarse. Caso contrario los usuarios se encuentran legitimados a realizar el reclamo pertinente.
Instructivo de procedimiento para entidades, comercios e industrias que presentaron amparo por el servicio de electricidad
El Juzgado de Garantías N° 9 de Avellaneda resolvió hacer lugar a la medida cautelar urgente impulsada por la Municipalidad de Avellaneda, por lo que ordena a EDESUR S.A. a suspender el cobro de facturas ya emitidas o a emitirse en base al cuadro tarifario resultante de la aplicación de las Resoluciones impugnadas, y a abstenerse de efectuar cortes en el suministro del servicio motivado en la falta de pago de dichas facturas.
De esta forma EDESUR S.A. debe refacturar las boletas emitidas o a emitir a partir de la aplicación de las Resoluciones impugnadas, aplicándose para ello el cuadro tarifario anterior al mismo.
Para el caso de que los usuario hayan abonado las facturas del servicio electrónico con los incrementos tarifarios, EDESUR S.A. debe proceder a compensar dichos pagos con las próximas boletas a facturarse. Caso contrario, los usuarios amparistas se encuentran legitimados a realizar el reclamo pertinente.
Habrá que investigar lo del acortador de URL, jum.
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