La Sala II de la Cámara Federal de La Plata aceptó la apelación del Gobierno Nacional e hizo lugar al recurso extraordinario presentado por el Estado pero le dio efecto devolutivo por lo cual, hasta que la Corte Suprema de Justicia no resuelva, sigue vigente el fallo que declaró nulos los aumentos en tarifas de gas para todo el país.
El fallo de mayoría, (con el voto en disidencia del camarista César Álvarez), la Justicia resolvió que el recurso presentado por el Gobierno nacional contra el fallo que frenó el aumento es inadmisible, y ahora será la Corte Suprema la encargada de definirse sobre los incrementos.
La decisión es un traspié para el Gobierno nacional, que días atrás había presentado un informe técnico ante la Corte Suprema a través del cual argumentó por qué debían regir los aumentos propuestos. Las autoridades aspiraban, de mínimo, a que la Cámara emitiera un fallo de carácter suspensivo, cosa que no ocurrió.
Los camaristas Olga Calitri y Leopoldo Schifrin, ratificaron su decisión de primera instancia y mantuvieron el fallo original, por el cual no se deberán pagar las facturas hasta que la Corte Suprema se defina.
La Sala II de la Cámara Federal declaró en junio la nulidad de las resoluciones tomadas por el Ministerio de Energía para instrumentar la suba de las tarifas del gas «por no haber sido precedidas de audiencias públicas», fallo que fue apelado por el Gobierno y que en caso de ser aceptado por el tribunal platense pasaría a consideración de la Corte Suprema.
En tanto, organizaciones sindicales y de defensa de usuarios y consumidores pidieron a la Corte Suprema de Justicia de la Nación debatir sobre toda la “cadena” de formación del precio del gas, ante el aumento de la tarifa del fluido, actualmente suspendido por fallos judiciales.
La nota, dirigida al presidente de la Corte Ricardo Lorenzetti, recalcó que la decisión que se tome sobre el incremento del valor del gas natural, “repercutirá profundamente sobre la economía de millones de argentinos, junto al resto de los aumentos dispuestos el agua, la electricidad, el teléfono y transporte público”.
Agregó que el suministro de energía es un “servicio público” que no debe tratarse como una “mercancía”, sino con “sentido social”.
Los reclamantes sostienen que entre la distribuidora y la transportadora se llevan el 20 por ciento, mientras que los impuestos municipales y provinciales se quedan con un 30 ó 35 por ciento y hay otro 45 ó 50 por ciento que es lo que, según consideran, se le paga a las petroleras.
Los firmantes de la nota afirmaron ante los periodistas en Tribunales que “el Gobierno” haría una audiencia pública, que “no es vinculante”, en la que “se va a discutir solo lo que es el 15 ó 20 por ciento de la boleta.
La CTA Autónoma, Consumidores Libres, el sindicato de Luz y Fuerza (Mar del Plata) y La Alameda, entre otros, quieren también que la Corte prohíba aumentar el precio del gas hasta un 400 por ciento, como lo “fijó el Gobierno”, porque “va a resultar impagable para una enorme cantidad de usuarios, conformados por familias de trabajadores y pequeños comerciantes”.
La secretaria adjunta del Personal Jerárquico del Gas, Ximena Rattoni, remarcó que “una cosa es poner en discusión una cadena de valor y ver si hay que moverlas o no y otra muy distinta es pretender una transferencia directa de recursos del bolsillo de un laburante que gana 15.000 pesos a las petroleras que no hacen un pozo nuevo hace 20 años”.
Acompañó la presentación una concentración frente al acceso principal al Palacio de Justicia, en la que se destacaban Pablo Micheli (CTA), Héctor Polino (Consumidores Libres), el secretario general del Personal Jerárquico del Gas, Rubén Ruíz, y los legisladores Alejandro Bodart (MST) y Gustavo Vera (Bien Común).
El 12 de julio último la Corte decidió intervenir en uno de los casos que llegaron al máximo tribunal y ordenó al Estado Nacional, a través del ENARGAS, que explique qué parámetros tuvo en cuenta para arribar al aumento de la tarifa del gas.
Ante un pedido de «per saltum» (salto de instancia) del Estado Nacional, la Corte requirió entonces que, en el plazo de 10 días (que vence la próxima semana), informe si se ha considerado el establecimiento de bandas tarifarias según los ingresos del usuario y de los miembros del grupo familiar con el que cohabita.
Ahora define la Corte
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