Cómo y dónde tramitar las tarifas sociales de luz y agua en Varela

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La Oficina de Defensa del Consumidor es otro canal habilitado a través del cual se puede gestionar el pedido de tarifa social de los servicios de luz y gas, además de las correspondientes páginas web y líneas de Call Center.
Para acceder al derecho de la tarifa social, el vecino puede acercarse a la dependencia municipal ubicada en avenida San Martín Nº 3339, en el horario habitual de lunes a viernes, de 8 a 16 horas, donde personal capacitado lo asistirá para completar el formulario vía web.

Vale recordar que los canales habilitados para gestionar las tarifas sociales de las prestatarias Edesur y Metrogas, son vía internet en el portal del Ministerio de Energía y Minería www.minem.gob.ar, llamando por teléfono al Call Center de dicha dependencia al 0800-333- 2182, o en la oficina de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial.

Asimismo, desde el área se comunicó que la información requerida para el trámite es: nombre completo del que solicita la Tarifa Social (debe ser el titular del suministro), N° CUIL, N° Cliente de EDESUR/METROGAS, teléfono principal de contacto.
Los requisitos para ser beneficiado en el régimen de la tarifa social son: ser jubilado o pensionado por un monto equivalente a dos veces el haber mínimo nacional; personas con empleo en relación de dependencia que perciben una remuneración bruta menor o igual a dos Salarios Mínimos Vital y Móvil (SMVyM). Hoy el SMVyM se encuentra en $6.060, por lo que la cifra que se tomará como referencia será $12.120; ser titular de programas sociales; estar inscripto en el Régimen de Monotributo Social; estar incorporado en el Régimen Especial de Seguridad Social para empleados del Servicio Doméstico (artículo 21 de la Ley N° 25.239); estar percibiendo el seguro de desempleo; contar con certificado de discapacidad.
Por otra parte, se informó los criterios de exclusión de la tarifa social del servicio de gas: cruce por padrón de fallecidos; registro de propiedad inmueble – quedarán excluidos aquellos titulares de más de una propiedad; padrón de Automotores – quedarán excluidos aquellos cuyos modelos tengan hasta quince (15) años de antigüedad; embarcaciones de lujo – quedarán excluidos quienes posean aeronaves o embarcaciones.

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