La Justicia de Garantías de Quilmes dictó la prisión preventiva de una agente del Servicio Penitenciario Bonaerense (SPB) acusada de matar a tiros a un preso de la Unidad Penal 23 de Florencio Varela durante una jornada de protesta en abril último en reclamo de arrestos domiciliarias, y de otros dos efectivos de la misma fuerza como presuntos encubridores del crimen.
Fuentes judiciales aseguraron a Télam que la medida fue tomada por el juez Adrián Villagra y alcanzó a la alcaide mayor Eliana Daniela Heidenreich, quien quedó procesada por el «homicidio calificado por ser miembro de una fuerza de seguridad y por el uso de arma de fuego» de Federico Rodrigo Rey (23).
El fallo también recayó sobre el prefecto mayor Gabriel Darío Bergonzi y el subprefecto Gastón Darío Abila, ambos imputados de «encubrimiento agravado».
En su resolución de 97 páginas a la que Télam tuvo acceso, el magistrado denegó además el pedido de libertad por falta de méritos presentado por los defensores particulares de Bergonzi y Abila.
Al justificar las medidas de coerción dictadas en el marco de la causa y a requerimiento de la fiscal Roxana Giménez, el juez valoró en relación a Heidenreich que «la magnitud de la pena en expectativa que emerge a la luz de la figura reprochada, reviste entidad suficiente como para sustentar, en el particular, la idea de peligro procesal».
Además, tuvo en cuenta «la violencia de la conducta desplegada por la encartada, utilizando armas para mayor poder intimidatorio» y mencionó que al momento de efectivizarse la orden de allanamiento y detención «no se hallaba en su domicilio en violación a la manda del DNU Nro. 297/2020» que impone el aislamiento obligatorio por el Covid-19.
Sobre los dos efectivos acusados de encubrimiento, el juez consideró que deben permanecer bajo prisión preventiva debido a «las características del evento investigado» y que al tener un nivel jerárquico en la fuerza «existe la posibilidad» de que puedan «entorpecer el curso del proceso».
Sin embargo, el magistrado ordenó que se abra un incidente para tratar las medidas alternativas a la prisión preventiva solicitada por los abogados de Abila y Bergonzi.
«(…) los testigos en sus declaraciones son concordantes en ubicar a Eliana Daniela Heidenreich en el lugar de los hechos, llevando consigo un arma de fuego provista por la Unidad, efectuando disparos con postas de guerra hacia la persona de quien en vida fuera Rey», sostuvo el juez.
Una oficial que fue testigo presencial del hecho declaró que la acusada «si bien ahora está en una oficina administrativa sí sabe de armas», que «tiró sin orden de un superior» y que «nunca se tira desde el muro».
«A los internos no se le disparan con plomo. Solo si se nos atacan desde afuera», declaró otro oficial presente en el lugar.
En cuanto a Abila y Bergonzi, el juez afirmó: «(…) considero que se encuentran presentes los tres presupuestos comunes a todo delito de encubrimiento, a saber: la comisión de un delito anterior, la intervención del sujeto activo con posterioridad al delito preexistente del que no participa y la inexistencia de una promesa anterior».
Sin embargo, el juez modificó la descripción que la fiscalía había hecho de la maniobra de encubrimiento al sostener que las pruebas no acreditan que «hayan querido desaparecer los rastros, pruebas o instrumentos del delito, ni ayudare al autor o partícipe a alterarlos o hacerlos desaparecer».
Por ello, entendió que los imputados favorecieron el encubrimiento «a partir de la omisión de denuncia».
Y si bien en sus respectivas indagatorias ambos acusados negaron los cargos y aseguraron haber informado de los cartuchos a sus superiores, el juez aclaró que «la omisión de denunciar no queda obviada por la comunicación a la autoridad que no es competente para recibir la denuncia, aunque esta autoridad se encuentre, a su vez, obligada a denunciar».
«Se intenta sostener la versión que las postas de guerras utilizadas no se encontraban en la Unidad, que eran externas ya que el recuento había resultado que no había faltantes. Ello se encuentra desvirtuado por el hecho que los agentes penitenciarios que declararon como testigos indicaron que los únicos cartuchos que se utilizan son los que se proveen en la Unidad», afirmó el juez, que calificó el hecho como de «violencia institucional».
El crimen de Rey se produjo el 22 de abril último durante un enfrentamiento entre reclusos que exigían ser beneficiados con el arresto domiciliario ante la pandemia de coronavirus y penitenciarios; lo que produjo lesiones a otros 40 presos y 15 agentes.
Si bien inicialmente la muerte del preso fue atribuida a una pelea a puñaladas entre internos, mediante la autopsia se estableció que había sido asesinado por disparos con posta de plomo realizados con una escopeta calibre 12/70 cuando estaba en el techo del pabellón 6 de dicha unidad.
Seis días después del homicidio, la fiscal Giménez, quien instruye la causa junto al ayudante Cristian Granados, solicitó la aprehensión de los tres penitenciarios.