Judiciales
La oficialización de la Prisión Preventiva concretada hoy explicada por un experto abogado penalista

Por Paolo Zaniratto
Respecto del debate sobre los límites de la prisión preventiva tenemos que distinguir el relato de algunos medios de comunicación y la realidad respecto a un tema tan sensible, no solo para el sistema penal, sino también para la sociedad en su conjunto, como es tener presas a personas que son inocentes. Tengamos en cuenta que la prisión preventiva es la detención de una persona que goza de la presunción de inocencia, durante un procedimiento previo al dictado de una condena.
El relato de medios como Clarín o el periodista Majul, en su programa «La Cornisa», intentan instalar que los limites a la prisión preventiva, que se establecieron a través de pautas dictadas el año pasado por la Comisión Bicameral de Monitoreo e Implementación del Nuevo Código Procesal, favorecería a funcionarios del gobierno anterior que están presos preventivamente, la mayoría por causas de corrupción o lavado de dinero. Otro rumor que echan a correr desde ciertos sectores es que podría producirse un excarcelamiento masivo de más de 8 mil presos. Esto es una ficción.
La realidad jurídica de este tema es que la prisión preventiva se puede aplicar solo en dos casos: entorpecimiento de la investigación o cuando hay peligro de fuga. Los límites a la prisión preventiva ya están en el código procesal penal, en Nación y en las diferentes jurisdicciones. El juez no se puede apartar de estas dos causas para tener detenida a una persona durante este procedimiento. Ahora bien, hay una reforma que se está llevando a cabo de manera progresiva en diferentes jurisdicciones. Hay normas de este nuevo código procesal penal que dan parámetros que colaboran en la determinación de las dos causas mencionadas más arriba.
La comisión encargada en el Congreso adelantó la vigencia de estos dos artículos del nuevo Código. La realidad indica que hoy existe una gran cantidad de presos y presas sin condena. En estos casos la prisión preventiva significa una pena anticipada, personas que permanecen encerradas por años, en su mayoría lo padecen los más vulnerables, que no cuentan con una defensa adecuada.
*Abogado penalista
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