Florencio Varela en fase 3 de cuarentena: acá está el decreto que autoriza a abrir a los comercios no esenciales

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Después de cuatro meses, algunos negocios considerados «no esenciales» en el marco de la cuarentena, podrán abrir hoy, según el decreto refrendado por el jefe comunal de Florencio Varela, Andrés Watson.

“Habilitar en el ámbito del Partido de Florencio Varela, el desarrollo de los servicios de caja de previsión y seguridad social, terapia ocupacional y peluquería y estética, en razón de lo prescripto en la Resolución Administrativa N° 1197/20 de Jefatura de Gabinete de Ministros de la Provincia de Buenos Aires, quienes deberán ajustar el funcionamiento y desarrollo de su actividad laboral, mínimamente a las medidas y disposiciones establecidas en el «Protocolo de Higiene y Seguridad de las Cajas de Previsión y Seguridad Social para profesionales de la Provincia de Buenos Aires», aprobado a través de la Resolución N° 358/20 del Ministro de Jefatura de Gabinete; el «Protocolo para la atención programada de Terapia Ocupacional», aprobado a través de la Resolución N° 840 del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires; y, el «Protocolo de Recomendaciones Prácticas para la Actividades de Peluquería» aprobado a través de la Resolución N° 228/20 del Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, en el marco de la emergencia sanitaria producida por la propagación del COVID-19, de conformidad con las especificidades que requiera la actividad desarrollada y/o las tareas prestadas por las trabajadoras y los trabajadores en cada uno de los establecimientos del empleador y/o lugares de trabajo; debiendo mantenerlos actualizados en atención a la evolución de la situación epidemiológica y sanitaria de cada lugar y al funcionamiento”.

El texto corresponde al artículo primero del decreto 717/20, rubricado el último lunes por el intendente Andrés Watson e integrantes de su gabinete, emitido en el marco del nuevo período de aislamiento social preventivo y obligatorio y distanciamiento preventivo y obligatorio, contra la expansión de la pandemia de coronavirus actual, vigente hasta el dos de agosto venidero.
La norma establece la aplicación del cronograma de inicio de la denominada Fase 3 con sus actividades previstas, en cumplimiento del el artículo 5 de la Resolución Administrativa N° 1197/20 de Jefatura de Gabinete de Ministros de la Provincia de Buenos Aires, “conforme los Protocolos de Seguridad e Higiene Sanitarias vigentes, aprobados por la autoridad competente, referidos al desarrollo y funcionamiento de las actividades allí incluidas”.

Asimismo, establece “la obligatoriedad de tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación Covid-19, a todas las personas alcanzadas para desarrollar las actividades mencionadas”, con la utilización “sin excepción para dicha circulación el uso del transporte privado particular de cualquier tipo y/o servicio de transporte automotor urbano y suburbano de oferta libre, vehículos habilitados para el servicio de taxi, remises o similar provisto por el empleador, evitando en consecuencia, el uso del servicio público de transporte de pasajeros en cualquiera de sus modalidades. Asimismo, si correspondiere las personas que concurran a los establecimientos habilitados deberán circular con constancia del turno otorgado para su respectiva atención”.

El monitoreo y la fiscalización del cumplimiento del decreto, estará a cargo de la subsecretaría de Inspección General, dependiente de la secretaria de Gobierno. No respetar las disposiciones prevé multas y clausuras, entre otras sanciones contempladas en el decreto 596/20 difundido esta mañana.
El decreto 717/20 se ajusta a las disposiciones nacionales y provinciales: 260/20, 297/20, 325/20, 355/20, 408/20, 459/20, 493/20, 520/20 576/20 y 605/20, 1197/20; y municipales N° 338/20, 368/20, 398/20, 407/20, 469/20, 533/20, 556/20, 595/20, 661/20 y 716/20, entre otras normas que contribuyen a las políticas sanitarias.

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