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Concejal platense pide que sean sancionados los camaristas que liberaron a un violador

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El concejal de La Plata, Gabriel Bruera (FpV-PJ), presentó un pedido de informes en el Concejo Deliberante para conocer qué medidas le aplicará el ministerio de Justicia bonaerense a los camaristas integrantes de la Sala IV, Ariel Agüero y María Riusech quienes liberaron a un abusador que había sido detenido por la policía. El agravante de la situación fue que dicho agresor volvió a atacar pese a las advertencias que dictaminaban la inconveniencia de su reinserción en la sociedad.

Este caso tomó relevancia por su similitud con el caso de la estudiante entrerriana Micaela García, donde uno de los acusados por su violación y asesinato, Sebastián Wagner, estaba en libertad por un fallo del juez Carlos Rossi, que lo liberó antes de cumplir su condena por dos violaciones.

En su pedido, Bruera solicita al Departamento Ejecutivo que se dirija al ministerio de Justicia conducido por Gustavo Ferrari, para que informe qué acciones tiene previstas tomar con los mencionados camaristas Agüero y Riusech.

Cabe señalar que dichos camaristas fueron los que otorgaron el beneficio de la libertad condicional a Osvaldo Oscar Sequeira quien, al mes de estar en su casa, fue acusado de atacar sexualmente a cuatro mujeres en la localidad de Lisandro Olmos.

Agüero y Riusech, con esa decisión, según Bruera, “desafiaron las medidas adoptadas por la Jueza de Ejecución penal,Claudia Marengo”, que en su resolución había advertido que no consideraba “conveniente el reingreso de Sequeira a la sociedad y había pedido a las autoridades penitenciarias que se garantice su atención terapéutica, ya que los informes del Departamento Técnico Criminológico también habían dictaminado que era inconveniente que éste recupere su libertad, puesto que no controlaba sus impulsos y mantenía una conducta exculpatoria”.

El delito que se le imputa a Sequeira es el de “abuso sexual gravemente ultrajante” y, en ese sentido, el Artículo 13 del Código Penal es el que otorga la libertad condicional. Aunque textualmente expresa que además de cumplir con los dos tercios de la pena puede otorgarla, pero “observando con regularidad los reglamentos carcelarios, previo informe de la dirección del establecimiento e informe de peritos que pronostique en forma individualizada y favorable su reinserción social”.

“Los jueces de la Cámara desafiaron y otorgaron la libertad condicional, cuando existía una pericia que expone la jueza de ejecución que le deniega la libertad condicional el 14 de febrero de 2017, en la cual se refleja que Sequeira nunca había realizado tratamiento de rehabilitación respecto de su hábito adictivo, y considera no necesitarlo”, sostuvo Bruera.

Seguidamente, el concejal del FpV/PJ sostuvo que “si bien no es vinculante la pericia psicológica, el artículo del Código expresa explícitamente que se tiene que tener en cuenta y se tiene que hacer efectivo el principio de individualidad en la ejecución de la pena”.

“Además, más allá que los informes de la unidad le den satisfactoriamente, las mismas autoridades del Servicio Penitenciario determinan que es inconveniente la incorporación del condenado a la libertad condicional”, indicó Bruera.

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