Vigilar y castigar en tiempos de pandemia

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Por Paolo Zaniratto* 

Paolo Zaniratto, abogado penalista.

La explosiva situación de las cárceles en diferentes puntos del país y principalmente en la provincia de Buenos Aires ha tenido una escalada en la última semana. Los motines provocados en las cárceles de Devoto, Florencio Varela y en las provincias de Santa Fe, Corrientes y Mendoza y la polémica suscitada por la liberación de dos violadores, uno de los cuales está detenido con prisión domiciliaria en un domicilio a pocas cuadras de su victima menor de edad, han puesto en agenda la cuestión carcelaria.

Se informó que los detenidos pidieron la liberación de 1600 personas. Según el propio Ministerio de Justicia de la Nación de los 12.579 detenidos en 35 Unidades Penitenciarias del sistema federal hasta ahora solo se les otorgó prisión domiciliaria a 320. Hasta el día jueves se habían liberado a más de 1000 detenidos en el país. Siendo mas de 750 en la provincia de Buenos Aires.

Desde un sector del oficialismo el presidente de la Cámara de diputados, Sergio Massa, se a pronunciado diciendo que los jueces que no cumplan con la ley de víctimas deberán ser sometidos a juicio político impulsados desde la Oficina de Víctimas que funciona en el ámbito del Congreso Nacional. En este sentido hay que mencionar que en realidad no hay constancia de que los jueces no estén cumpliendo con dicha ley que establece que se deberá escuchar a la víctima en cada decisión que disponga medidas de coerción o la libertad durante el proceso del imputado siempre que lo solicite expresamente.

Por su parte el ministro de seguridad de la provincia de Buenos Aires Sergio Berni se manifestó en contra del otorgamiento de prisiones domiciliarias aduciendo que “las únicas masacres son las que provocan los delincuentes”, respondiendo a las palabras del prestigioso jurista Raúl Zaffaroni quien había manifestado que con las prisiones domiciliarias y excarcelaciones la justicia buscaba evitar una “masacre” por la situación de hacinamiento en el contexto de la pandemia.

Incluso el ex juez de la Corte aclaró que “nadie habla de soltar violadores u homicidas”. De hecho Zaffaroni mencionó luego que las declaraciones del ministro de la provincia se enmarcan en “el discurso populacherismo vindicativo que llenó las cárceles” mediante el descontrol de las prisiones preventivas, cuestión que se verifica en las estadísticas. En el mismo sentido el juez de la cámara de Casación Penal Federal, Alejandro Slokar, mencionó que “las cárceles son una bomba de tiempo con la mecha encendida”. El juez explicó que hoy en dia las cárceles argentinas tienen las tasas de población más altas de la región. Y aclaró al igual que Zaffaroni, que el llamado a despoblar las cárceles no debe llegar a presos por lesa humanidad, ni a violadores ni asesinos. De hecho Slokar fue el único Juez de la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal que votó en contra del otorgamiento de prisión domiciliaria del represor Lucio César Nast encarcelado por delitos de lesa humanidad. Los dos jueces que votaron a favor de la prisión domiciliaria el represor fueron los Dres. Guillermo Yacobucci y Carlos Mahiques.

La ministra de justicia Marcela Losardo por ejemplo declaró que no existe un plan de liberación generalizada de presos. Y el Colegio de Magistrados además se manifestó a favor de atender la situación de superpoblación carcelaria en procura de evitar que la pandemia se extienda a las cárceles y provoque un descontrol en el sistema carcelario y sanitario.

La situación se hacinamiento y condiciones inhumanas de detención es una situación que se viene gestando desde hace tiempo, de hecho ya a fines del año pasado la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires mediante resolución 3341-19 recomendó medidas tendientes a tratar las condiciones carcelarias. La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional mediante acordada 5/2020 del 23 de abril dispuso que se aconseja medidas alternativas a la prisión o morigeración de la prisión preventiva no solo a los detenidos con riesgo de COVID-19 sino para toda la población carcelaria. El objetivo claramente es atender la cuestión de la superpoblación del sistema carcelario mediante una utilización más racional de la prisión preventiva.

Pero también se expidieron organismos internaciones. El 31 de marzo pasado la CIDH mediante resolución 66/2020 instó a los Estados a garantizar la salud y la integridad física de las personas privadas de su libertad y reducir la superpoblación en el marco de la actual pandemia. De hecho paises no solo de Latinoamerica sino de todo el mundo han llevado a cabo medidas tendientes a evitar la propagación de la pandemia intra muros, mediante excarcelaciones, morigeraciones o prisiones domiciliarias.

La cantidad de presos que un país decide tener es una decisión política no es producto del azar ni tampoco obedece necesariamente a la tasa delictiva. En provincia de Buenos Aires por ejemplo hay 51.000 detenidos cuando la capacidad del sistema penitenciario es de 24.000 dando por lo tanto una superpoblación del 110%. Por eso en provincia de Buenos Aires queda pendiente una reforma al Código Procesal Penal para descomprimir esta situación de hacinamiento y facilitar las excarcelaciones o limitar la prisión preventiva para delitos menores que no sean cometidos contra la vida, la salud o la libertad sexual de las personas.

Siempre se debe tratar de armonizar dos derechos que no deben estar en pugna sino en relación: la salud y vida de los privados de la libertad y la seguridad de la comunidad. Por eso son racionales los distintos fallos en donde se establece que se recomienda o se debe analizar con sumo cuidado y atendiendo factores como el bien jurídico afectado y los intereses de las victimas en casos de abusos sexuales, o violencia de género por ejemplo, el otorgamiento de excarcelaciones o prisiones domiciliarias para casos de delitos graves.

Los delitos graves generan una conflictividad social mayor que los delitos menores tales como los cometidos contra la propiedad o tenencia de estupefacientes por ejemplo, por eso este parámetro debe ser tenido en cuenta por los jueces. Lamentablemente algunos medios de comunicación y ciertos sectores políticos han hecho de este debate crucial para la sociedad una “carnicería mediática” en donde no han remarcado estos parámetros racionalizadores establecidos en diferentes fallos, sino que por el contrario montaron una campaña mediática con esloganes temerarios (“van a liberar a todos los violadores” “la gente encerrada y los asesinos en la calle”, etc) y usando demagogicamente a familiares y victimas de delitos graves para legitimar esos esloganes que en nada ayudan a un debate serio y profundo sobre la cuestión carcelaria.

En este contexto el acta de negociación firmada el pasado jueves entre representantes de los presos de la cárcel de Devoto, que está bajo la órbita del Servicio Penitenciario Federal, y del gobierno nacional tendrá vigencia hasta el miércoles 6 de mayo, dia en que se volverán a reunir. En la mesa de diálogo se estableció un principio de acuerdo para que se analicen más de 400 casos (de un total de 805 solicitudes) que se encuentran en condiciones de acceder a una morigeración de la condena. Los casos para analizar solo consideran detenidos con condenas menores a tres años y no se incluyen personas que cometieron delitos violentos.

*Abogado penalista

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