Comienzo de año con indignación y desconcierto de la familia Madonia por fallo de la Justicia de Quilmes: «tenemos mucho miedo»

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La familia de Marina Madonia tiene miedo, está desconcertada, no comprende como a Sebastián Pauloni Poggi, el joven que septiembre del año pasado fue filmado por cámaras de seguridad saltando una reja e ingresando a la casa de su expareja para luego robarse una consola de juegos, un perro e incendiar la vivienda ha sido beneficiado con prisión domiciliaria. El fallo de la Sala I de Garantías y Apelaciones del Departamento Judicial Quilmes, con la firma de las juezas Diana Alimonti y Patricia Pattanella, los ha dejado con temor e indignados.

En diálogo con Data Judicial, Mario Madonia, explicó que «tenemos miedo, en una palabra eso sintetiza lo que sentimos, la Justicia no actuó como debería actuar, está funcionando mal, no soy un letrado pero no me cierra como un fallo avalado a requerimiento de una fiscalía y de un juez de garantías, hoy dos señoras (juezas Alimonti y Pattanella) respaldan que un delincuente vaya a la casa bajo la palabra del compromiso de padres, que son personas mayores, que no se les puede confiar a un hombre en estas condiciones, que está en su casa, no tiene un patrullero en la puerta, una tobillera….esas personas que se han comprometido no han demostrado un poco de humanidad, ni empatía por mi hija y mi nieto, ya que nunca levantaron un teléfono para comunicarse cuando todo había sucedido, no olvidemos que este señor prendió fuego la casa y dejo en la calle a una madre con su hijo».

Más adelante agregó que «tenemos mucho miedo, no bajaremos los brazos ni cesar en nuestros reclamos, debe tener una condena como corresponde. Por otro lado, existe otra realidad que es el perjuicio económico que nos ha provocado, ya que en lo civil, los dueños del departamento que este sujeto ha incendiado, merecen que se ponga en condiciones ese inmueble, que se arregle, ya que es alquilado, no comprendo como un estudio jurídico intima  a una persona cuando alguien no cumple con el pago de una tarjeta de crédito  mientras que a un tipo que te quema la casa, deja a una madre y su hijo en la calle, del que nosotros como familia los asistimos, hoy sea beneficiado por la Justicia de Quilmes, esté en su casa como si nada, con beneficios».

«Con una feria judicial por delante no tengo muchas respuestas para que me den, pero no voy a cesar en mis demandas ni yo ni mi familia. Este tipo en tres meses logra estar en su casa, es casi una libertad, no una prisión domiciliaria. Hoy magicamente, cuando todos los pedidos de su defensa habían sido denegados, por obra de la provindencia divina lo mandan a la casa en estas condiciones. Tenemos miedo, mi hija está medicada, con ataques de pánico por la noche; con tratamiento psiquiátrico y psicológico», puntualizó Mario Madonia, padre de Marina.

El fallo

Horas antes de la feria judicial las juezas Diana Alimonti y Patricia Pattanella firmaron la prisión domiciliaria a requerimiento del defensor particular de Sebastián Pauloni Poggi, doctor Jorge Scacciaferro. En un tramo del pronunciamiento refieren a un informe de la psiquiatra Valeria D Abate que menciona que el procesado «no presentaba riesgo para si ni para terceros…». En el mismo escrito se cita el compromiso de los padres de Pauloni Poggi  «en su capacidad para garantizar el acceso a los servicios de salud y cumplimiento del tratamiento…»; es decir que se hacen responsables de que siga adelante con un tratamiento médico ya que el joven estuvo internado en una clínica psiquiátrica de la zona oeste quilmeña.

En virtud de ese informe cita el fallo que «son parámetros válidos que permiten sostener la aplicación de la ley penal, puede implementarse a partir de una medida meos gravosa que el encierro preventivo dispuesto, como es la prisión domiciliaria solicitada, por lo expuesto corresponde hacer lugar al recurso de apelación y en consecuencia revocar la medida del juez de grado y conceder la prisión domiciliaria a Sebastián Darío Pauloni Poggi bajo la modalidad, condiciones y control correspondientes, entre las que no podrá faltar a la obligación de efectuar un tratamiento acorde a la patología que padece», indica el fallo de las camaristas Alimonti y Pattanella, de la Sala I de Garantías y Apelaciones.

Gentileza: @datajudicial

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